0 a 40 días de arriendo

Durante los primeros 40 días (calendario) de tomado el inmueble usted puede acudir al servicio de Arreglos Locativos Estyvar para resolver daños en el inmueble que no se hayan podido solucionar antes o durante el tiempo de entrega del inmueble. 

Por favor diligencie su Orden de Soporte usando el formulario a continuación. 


41 Días en adelante

A partir del día 41 de arrendamiento, el inmueble ha sido vivido y habitado por el/la inquilino/a por tiempo suficiente, cosa que los daños y arreglos correspondientes que surjan a raíz del uso del inmueble serán responsabilidad de quien habite el inmueble. 

Excepciones

  • Daños a la estructura del inmueble,
  • Daños de fachada causados por clima